¿Cuántos Itinerarios peatonales accesibles conoces en tu ciudad?

Divulgación

Con la pandemia, el diseño de nuestras calles se ha ido modificando a marchas forzadas para dar cabida a las nuevas exigencias sanitarias, y a las consecuencias de la pandemia, por un lado, las distancias de seguridad y por otro la apertura de más espacio en las calles para las terrazas de los locales de restauración que tanto han sufrido en esta crisis.

Esto ha provocado la peatonalización de espacios y calles que antes no lo eran, así como señalización en las calles de direcciones y distancias de seguridad.

¿es esto una paso más para la creación de más y más itinerarios peatonales accesibles? Pues esperemos que SI, que los cambios que nos ha traído esta pandemia, vengan para quedarse… pero si se quedan esperemos que cumplan con los requisitos necesarios para que los itinerarios peatonales sean utilizados por todas las personas con total autonomía y libertad.

En España tenemos una normativa bastante variopinta en cuanto a itinerarios peatonales accesibles se refiere, tanta como comunidades autónomas hay. Pero no vamos a entrar al detalle de las peculiaridades de cada una de ellas, aunque si queremos apuntar la necesidad de una unificación de criterios por aquello de que todos podamos caminar (nunca mejor dicho) en la misma dirección.

Pero para hablar de Itinerarios peatonales accesibles tomaremos como referencia la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, que es la que actualmente está en vigor a nivel nacional y cuenta con la friolera de 11años de antigüedad…

La orden nos dice lo siguiente:

-         Deben ser considerados como tal aquellos que permitan ser utilizados de forma autónoma y no discriminatoria por todas las personas...

-         Deberá ir pegadito a la línea de fachada o elemento horizontal en el que se aprecie el límite edificado a nivel del suelo.

-         Ancho no inferior a 1,80m

-         No debe haber obstáculos a menos de 2, 20 de altura.

-         Sin escalones ni resaltes, y si lo hay tendrán que disponer de rampa (que cumpla con la normativa)

-         Buena iluminación

-         Sin pendientes pronunciadas.

-         Tendrá correcta señalización y comunicación para la facilidad de orientación de todas las personas…

Comprueba si en tu ciudad existen itinerarios que cumplan con todos estos criterios.

 

… y ahora YA puedes responder a la pregunta del encabezado!!!! FELIZ SEMANA A TODOS!